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Fecha de respuesta: Lunes 11 de Marzo de 2013 11:56 2013-03-11 11:56 desde IP: 201.148.31.125
Los bienes adquiridos antes del matrimonio no entran a la sociedad conyugal, salvo manifestacion expresa en contrario, por lo cual puedes vender libremente la propiedad a que te refieres, sin embargo los bienes adquiridos en un futuro si entrarán a la sociedad por lo cual tu conyuge tendra derecho al 50% de ellos al igual que tu.
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