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  • Consulta : 189998
  • Autor : abodgo
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  • Autor
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  • abodgo
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Los bienes adquiridos antes del matrimonio no entran a la sociedad conyugal, salvo manifestacion expresa en contrario, por lo cual puedes vender libremente la propiedad a que te refieres, sin embargo los bienes adquiridos en un futuro si entrarán a la sociedad por lo cual tu conyuge tendra derecho al 50% de ellos al igual que tu.