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  • Consulta : 189858
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
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  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

     

    Distinguido Consultante

    Existen varios criterios sobre videograbación, en muchas ocaciones la defensa no sabe como ofrecer la prueba, las cámaras de seguridad y vigilancia del gobierno del D.F. guardan la información 7 dias y la entregan en un cd en blanco, por lo que es importante que para su desahogo por tratarse de imagenes contenidas en un video, para dicha reproducción se ofresca como inspeccion porque, para su desahogo, es necesaria la observación sensorial respecto de alguien o algo, así como la descripción que se haga de lo observado en tales videos con el objeto de constatarlo y describirlo en el acta que servirá para establecer en el juicio, la verdad que corresponda a los planteamientos jurídicos del enjuiciado.

    el Código de Procedimientos Civiles,  define que son documentos públicos aquellos cuya formación está encomendada por la ley, dentro de los límites de su competencia, a un funcionario público, en el ejercicio de sus funciones, chico codigo prescribe que la calidad de públicos se demuestra por la existencia regular, sobre los documentos, de sellos, firmas u otros signos exteriores que, en su caso prevengan las leyes, de tal suerte que tales filmaciones no corresponden con lo que se entiende por documento, sino que, conforme a lo expuesto, se trata de una inspección ocular, por eso es importante saberlos ofrecer

    En un anterior caso muy famoso de un ex presidente Municipal de Tijuana, la pruebas idóneas fueron videograbaciones a las cuales se les concedio valor probatorio, pues fueron rebustecidos y admiculadas con periciales que demostraron que dicho video no fue editado.

    Por lo que supongo que no estuvieron bien ofrecidas y menos valoradas, por lo que tiene que atender esa situación, por que nadie puede defender lo que desconoce.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

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