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Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Marzo de 2013 11:17 2013-03-06 11:17 desde IP: 189.187.53.10
Si la deuda la contrajo usted, y no tiene manera de saldar esa deuda no pueden embargarla porque la dejarian en estado de indefension, aparte vive en casa de una persona ajena a esa deuda y los bienes mubles que contienen no son de su propiedad. No se preocupe esos gestores de cobranza asi son, siempre tratando de intimidad.
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