- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 189286
- Autor : elizh80
- Consultas en Foro: 5
- Respuestas en Foro: 3858
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5561
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 305690
-
Fecha de respuesta: Miércoles 06 de Marzo de 2013 14:43 2013-03-06 14:43 desde IP: 189.244.109.39
Opinion: Se han realizado algunos casos similares y se han otorgado los cambios, para ello toman en consideracion el cambio total de "arriba" y "abajo".
Cambio de Identidad:
Esto solo aplica (creo hasta ahora) en el Distrito Federal y esta establecido en el articulo 746 bis 2 del Codigo Civil del Distrito Federal: "Toda persona que haya cambiado de sexo, a traves de intervencion quirurgica o tratamientos hormonales, podra reclamar el cambio de su nombre de pila y dejar constancia de su cambio de sexo."
Con ello se realiza un Jucio Especial en el Tribunal Familiar y resulta expedito (de tres a seis meses) otorgandose una nueva acta de nacimiento sin ninguna anotacion de su "pasado" salvo una anotacion marginal que sera reservada y confidencial en el Registro Civil.
-
Autor





