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  • Consulta : 189243
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
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    (Resumen de Actividades)

    El seguro fija un diá probable de parto.

    42 días antes de ese día te da la incapacidad y te empieza a pagar tu salario al 100%.

    Si tu parto se adelanta, digamos que el bebe nace a los 35 días de haber empezado la incapacidad, se interrumpe el período de incapacidades anteriores al parto y empieza un perído de incapacidades, también de 42 días, después del parto.

    Esos 7 días ya no se pagan ni se acumulan para después del parto.

    Si es al contrario y tu bebe llega 7 días después de lo esperado, digamos 49 días después del inicio de la incapacidad, esos 7 días se te pagan como incapacidad por enfermedad general que es al 60%. Después del parto, igualmente seguirá la incapacidad posterior al parto por 42 días al 100% de tu salario.