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  • Consulta : 189233
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 305584

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    YESCONTA_NR

    No se angustie usted no pierde la propiedad de su inmueble, la posesion que tiene esta persona es derivada del contrato de arrendamiento que tiene celebrado con usted por lo cual dicha persona NUNCA podra prescribirlo en su favor.

    Hable con su demas familiares y pida su apoyo economico para que pueda usted pagar los honorarios de un abogado particular.