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- Consulta : 188803
- Autor : Lic. Saúl Toluca
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AutorRespuesta No: 305133
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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Marzo de 2013 23:42 2013-03-01 23:42 desde IP: 187.240.142.116
Estimado Consultante:
Con los datos que proveé es muy dificil poder brindarle una asesoria adecuada toda vez que hablamos de simples y llanas presunciones de su parte pero no conocemos la situación juridica real de su familiar y con ello me refiero a los elementos que integran la carpeta de investigación, en especifico, a mi me gustaría saber como es que se triangularon los datos del supuesto reporte de robo (del motor) y demas partes (teniendo en cuenta su dicho, al manifestar "Auto con partes (plural) con reporte de robo), aunado a lo anterior le comento que habría que valorar los terminos en los que se le consigno a su familiar toda vez que de conformidad con los Principios de Territorialidad, la aplicación del marco juridico en materia penal de una entidad se limitará por las siguientes condicionantes:
1.- Para los delitos que se cometan en el territorio judicial vigente en la entidad.
2.- Para los delitos que se inicien, preparen o cometan en otra entidad federativa "Cuando sus efectos se produzcan en en el territorio judicial de la validez espacial de la entidad".
3.- Por los delitos continuados o permanentes cuando en un momento cualquiera de su ejecución, se realizaran dentro del territorio citado.
Y nuevamente le manifiesto que lo primordial será entonces conocer los terminos de la consignación y la triangulación del supuesto reporte de robo por que de ser legal, en primer lugar habría que analizar los elementos que conforman la carpeta en cuestión y para tal efecto le hago los siguentes supuestos:
PRIMERO: El robo del motor en cuestión (y de existir, las diversas partes), se cometió en territorio mexicano y por ende fue denunciado dicho reporte con domiciliación del querellante en territorio extranjero.
SEGUNDO: El robo del motor en cuestión (y de existir, las diversas partes) se cometió en territorio extranjero y existe un medio de vinculación fronterizo (acuerdo internacional, acuerdo estatal de cooperación en materia de persecución de delitos, acuerdo de vinculación federal, etc) en cuyo caso deberá ser solicitada la extradición del presunto culpable a la entidad extranjera en donde se cometió el delito previa asistencia de los derechos en materia internacional para nuestros conacionales relacionados en actividades delictivas en el extranjero.
TERCERO: El robo del motor en cuestión (y de existir, las diversas partes) se cometió en territorio extranjero (fronterizo) y se denunció tanto en territorio nacional como en territorio extranjero y para ello se invoco el segundo principio de territorialidad con la finalidad de evitar la comercialización de la sitada unidad en territorio nacional.
Pero pudieran existir otros supuestos mas, al menos me vienen a la mente dos mas, y como le comento habría que valorar los terminos de la integración de la carpeta de investigación en cuestión y con ello estructurar la defensa adecuada para su familiar, por lo que le sugiero que a la brevedad posible, acuda con un abogado especialista en materia penal y de ser necesario en derecho internacional para tener una asesoria adecuada al respecto y en el supuesto de que se encuentre privado de los recursos economicos necesarios para contratar a un particular, acuda tanto a la defensoria de oficio de su entidad como dar vista a la Secretaría de Relaciones Exteriores a fin de que sea asistido de los organos judiciales competentes para tal efecto.
Sin mas por el momento quedo de usted para cuestiones futuras.
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