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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Febrero de 2013 16:49 2013-02-27 16:49 desde IP: 187.176.128.159
Es que el C. Juez tiene la faacultad de realizar diligencias para mejor proveer, es decir pueden las partes aportar alguna prueba que no este en el expediente o el C. Juez la puede ordenar como una Inspeccion ocular, girar algun oficio a las dependencias o bancos, etcetera, aunque ya se haya terminado el periodo probatorio, que para el C. Juez nunca concluye hasta que dicta sentencia, esto es para dictar una sentencia justa y que no se sorprenda al C. Juez solamente con las pruebas aportadas por las partes.
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