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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Febrero de 2013 16:04 2013-02-27 16:04 desde IP: 189.157.19.13
en Materia Mercantil,no hay Carcel.solamente hay carcel cuando se te señale para embargo algun bien que este a tu nombre ,y se te requiera para que lo pongas al depositario nombrado por el acreedor,y no hagas caso ,entonces si hay prision por 36 horas,,ejemplo,no se puede embargar,los muebles y menaje de tu casa,siempre y cuando no sean de lujo ,dichos bienes los que si se pueden embargar son los siguientes,los climas,televisiones de lujo,comedor de lujo,sala de lujo ,vehiculos,bien inmueble (casa,terreno) siempre que este a nombre del deudor dichos bienes,en caso contrario que no sean del deudor,nada mas mostrarle al actuario como prueba la factura de que dichos bienes son propiedad de otra persona,en caso que se te requiera el bien embargado para que lo entregues a un depositario judicial,entonces si,hay carcel por desobedecer la ley,este arrresto es por 36 horas,cada ves que se te requiera de que lo entregues ,y no lo entregues al depositario otro arresto por 36 horas,en caso que no tengas bienes para que se te embarguen,no pasa nada.porque eres insolvente
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