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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Febrero de 2013 12:52 2013-02-27 12:52 desde IP: 189.177.17.235
si es un poder general... puede iniciar juicios... contestar demanda... demandar... a nombre del que se lo otorgó...nada mas...
si tiene clausula especial de dominio... puede firmar pagares... a nombre de quien l otorgo... hasta comptrar bienes...
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