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Fecha de respuesta: Miércoles 27 de Febrero de 2013 13:46 2013-02-27 13:46 desde IP: 189.134.107.249
Que tal, como lo mencionaron antes debes revisar las condiciones generales del contrato y ver si existe una exclusión clara y precisa del padecimiento. Existe una tesis (no hay mucha jurisprudencia en materia de seguros) que señala que lo que ampara el contrato (los gastos médicos en este caso) deben tenerse por cubiertos todo los padecimientos derivado de esta causa siempre que no existe una exclusión en la póliza, siendo procedente el pago de indemnización o los gastos del mismo si no existe tal cláusula. En ese sentido, es que te podemos aseverar que de no existir una cláusula que excluya padecimientos auditivos y de que tipo, debe pagar la aseguradora. Cualquier problema acude a la CONDUSEF y si gustas, puedes consultarnos para una asesoría más. PEGZSAV ABOGADOS - ESPECIALISTAS EN SEGUROS
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