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AutorRespuesta No: 379685
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Mayo de 2015 15:34 2015-05-14 15:34 desde IP: 201.170.131.82
0 % Segun LIVA
Artículo 2o.-A.- El impuesto se calculará aplicando la tasa del 0%
I.- La enajenación de:
a) Animales y vegetales que no estén industrializados, salvo el hule, perros, gatos y pequeñas especies, utilizadas como mascotas en el hogar.
b) Medicinas de patente y productos destinados a la alimentación
c).- Hielo y agua no gaseosa ni compuesta, excepto cuando en este último caso, su presentación sea en envases menores de diez litros.
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