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  • Consulta : 188153
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 304530

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, dependiendo el momento en que haya fallecido el señor, se podría hacer el reembolso de la parte proporcional del tiempo que faltaba de vigencia en la póliza, ya que el objeto del contrato de seguro quedó sin materia y no es válido cobrar por la cobertura del algo que no va a ocurrir ni puede tener acontecimiento. Es decir, la prima pueden pagar de forma mensual, bimestral, etc, y de acuerdo a ello puede haber un reembolso ya que lo que se pretendía proteger con el seguro ya mo existe o no lo puede amparar. Consulta con la aseguradora esta situación y en caso de problemas acude a la CONDUSEF. PEGZSAV ABOGADOS ESPECIALISTAS EN SEGUROS.