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  • Consulta : 188053
  • Autor : ortizrubiolegal
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  • Autor
    Respuesta No: 304346

  • ortizrubiolegal
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola buenos Dias. De entrada por ser trabajadora aunque sea ( jubilada) quiere decir que durante el matrimonio no se dedico a las labores del hogar, por lo que la mayoría de las entidades federativas lo legislan que solo , así podrían ser acreedoras de derechos alimentarios. Pero lo que comentas de la enfermedad ( cáncer) y la pensión que recibe tu mama cambia las cosas, situaciones que tendría que valorar el juez ya que La materia familiar es a criterio de cada juez, pero se deberá de acreditar lo que percibe tu mama, de jubilación mensual, lo que percibe tu papa, y acreditar la enfermedad y riesgos de la misma etc. W w w . ortizrubiolegal . C o m ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR 42019327 Estaremos para servirle