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Fecha de respuesta: Lunes 25 de Febrero de 2013 09:59 2013-02-25 09:59 desde IP: 200.95.169.16
Hola buenos Dias. De entrada por ser trabajadora aunque sea ( jubilada) quiere decir que durante el matrimonio no se dedico a las labores del hogar, por lo que la mayoría de las entidades federativas lo legislan que solo , así podrían ser acreedoras de derechos alimentarios. Pero lo que comentas de la enfermedad ( cáncer) y la pensión que recibe tu mama cambia las cosas, situaciones que tendría que valorar el juez ya que La materia familiar es a criterio de cada juez, pero se deberá de acreditar lo que percibe tu mama, de jubilación mensual, lo que percibe tu papa, y acreditar la enfermedad y riesgos de la misma etc. W w w . ortizrubiolegal . C o m ESPECIALISTAS EN DERECHO FAMILIAR 42019327 Estaremos para servirle
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