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  • Consulta : 187710
  • Autor : calamarin
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  • Autor
    Respuesta No: 304193

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Efectivamente como dice garovalo; de la masa hereditaria del de cujus debe pagarse el adeudo, sea quien sea el heredero, y en este caso el consultante es Aval en el recae la responsabilidad de hacer el pago, en virtud que es el edeudor solidario.

    Saludos.