- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 187710
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 303941
-
Fecha de respuesta: Jueves 21 de Febrero de 2013 19:54 2013-02-21 19:54 desde IP: 201.141.99.157
La excepción de prescripción se podía oponer al momento de contestar la demanda ya que se excedió de los tres años a partir de la fecha de vencimiento de los documentos, sin embargo como Usted ya ha realizado pagos parciales, con ello ha reconocido el adeudo y por lo tanto interumpido la prescripción que podría oponer, por lo que sí es posible que le demanden los títulos de crédito, los intereses y los gastos y costas del juicio.
-
Autor





