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  • Consulta : 187447
  • Autor : CyC Abogados
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  • Autor
    Respuesta No: 303637

  • CyC Abogados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Tiene usted escrituras de la propiedad pero suguramente el imueble se encuentra gravado por la compraventa que se realizo y es hasta que lo liquide y obtenga la carta finiquito que podra tramitar la liberacion del gravamen y disponer de él libremente.

    Si no puede pagar directamente a quien le vendio o no le reciben los pagos, debe usted de cubrir las cantidades mensuales ante la oficina de consignacion del tribunal competente, ya que señala que su inmueble se encuentra en ecatepec Estado de México y su consulta es del Distrito Federal, esta informacion la puede usted obtener del contrato firmado con la inmobiliaria. 

    Salvo la mejor opinion de los excelsos abogados que en este foro aportan.

    Saludos cordiales.