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  • Consulta : 187250
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 303478

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    aun cuando la deuda este a nombre de el... tu eres la esposa... mientras lo seas... puedes ser solidaria de la dedua... si estas casada por sociedad conyugal...

    inicia acción penal en contra de tu esposo.... por el incumplimiento de pago de alimentos..

    cojn ello... inicia divorcio necesario... pide la guarda y custodia de tus hijos... perdida de patria potestad... pago de alimentos con garantia... y en ese momento señalas la casa como garantia de ese pago... y ya no la perderas... pero debes  cumplir con el mjuicio... no solo hacer la finta... debes tener la acta de divorcio.. y con ella .,.. ya no pueden ni entrar los colegas dedicados al mercantil...