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  • Consulta : 187018
  • Autor : abogado potosino
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  • Autor
    Respuesta No: 303165

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    lo que debio de hacer usted es acudir a una notaria a efecto de protocalizar las constancias de dicho Juicio,  para que se le expida la hijuela correspondiente y se  inscriba en el registro publico ,no obstante lo anterior aun cuando existe un sentencia judicial que la declara como propietaria y aun cuando se hubiera hecho o se haga la inscripcion en el registro publico, esto no implica que se le libere de su obligacion de pagar aunado a que el inmueble es garantia del pago del credito y si no lo hace  se puede llevar el desalojo.  la ley  le concede un modo de librarse de su obligacion  por el solo transcurso del tiempo  y es a traves de la figura de la prescripcion negativa misma que ya le explicaron, por lo que es la accion que ahora debe de intentar o bien plantearlo via reconvencion al momento de contestar la demanda.