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  • Consulta : 186860
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 303036

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    No menciona que autoridad clausuró y si cobra la entrada a sus fiestas. Pero si la clausura es por parte de una autoridad Municipal o del Estado, debe demandar ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, la nulidad de la clausura y la suspensión provisional. necesita de abogado especialista en la materia.