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  • Consulta : 186758
  • Autor : rodolfocaminos
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    Respuesta No: 303011

  • rodolfocaminos
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Puedes optar por apelaciÓn o amparo directo.

    En este caso es materia penal y no hay tiempo para interponerlo y tampoco opera el principio de definitividad...

    si ya presentaste la APELACIÓN entonces debes esperar a que se resuelva la misma, ya que de promover amparo te van a sobreseer el juicio con fundamento en el articulo 74 de la ley de amparo en ralacion con el 73.

    ya que se resuelve la APELACION en caso de que confirme la sentencia entonces ya pueder presentar el AMPARO en contra de la resolucion de la SALA que resolvio la APELACION.