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AutorRespuesta No: 302873
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Febrero de 2013 21:02 2013-02-14 21:02 desde IP: 189.134.228.206
Para pensionarte primero tienes que dejar de cotizar.
La empresa no te va a correr, así que si quieres pensión tienes que renunciar.
En este caso, por renuncia, la empresa solo está obligada a darte las prestaciones proporcionales del año, las que te adeuden y prima de antigüedad.
Algo más ya sería por cuestión de tu patrón o porque así lo marque tu contrato.
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