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  • Consulta : 186616
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 302736

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    rrrdiveme:

    ¿¡¿De qué sentencia habla usted?!?.

    Los juicios sucesorios se descomponen en cuatro secciones, en la primera de las cuales el juez dicta un auto declarativo de herederos aunque cerca del 90% de los abogados le dirá que es una sentencia, pero esa resolución para nada termina la sucesión, pues después de ella viene la designación y discernimiento del albacea, con lo que entonces sí, ya termina el juicio sucesorio.

    Pero luego vienen las secciones 2ª (de inventarios y avalúos, 3ª (de administración y 4ª (de adjudicación), y la última termina con escritura pública de los bienes inmuebles que se adjudican a los herederos, ya cuando está firmada la escritura entonces es cuando el Notasrio Público devuelve el expediente al juzgado.

    Así las cosas, vuelvo a preguntar:

    ¿¡¿De qué sentencia habla usted?!?, y agrego:

    ¿¡¿El juez ya dictó auto que declara terminado el juicio y ordena que el expediente sea remitido al archivo general del Tribunal Superior?!?.