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AutorRespuesta No: 304984
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Fecha de respuesta: Jueves 28 de Febrero de 2013 14:49 2013-02-28 14:49 desde IP: 200.77.173.31
ARYLYN
Una vez que sea remitido el expediente al juzgado su señora madre debera darse por notificada de la llegada del expediente, tambien habra que encargar cedula de notificacion para que a traves del actuario adscrito al juzgado notifiquen a su señor padre.
"...CONTESTARON NO TIENE TRABAJO YA PARA QUE LE SIGUE ESO ACONSEJO EL ABOGADO..."
Con ese consejo que dio su abogado deben cambiarlo ya que es un consejo muy i d i o t a, desde la escrito incial de demanda su señora madre con la asesoria de un abogado haber mencionado sobre la actividad que desempeña el demandado en ests caso chofer de taxi y aproximadamente a cuanto ascienden sus ingresos, deben acreditar la capacidad economica del deudor alimentista y esto se hace solictando al juez se giren oficios a la COMISION NACIONAL BANCARIA para que se sirva informar sobre la existencia de cuentas banacarias a nombre del demandado en caso de existencia se sirvan remitir los estado de cuenta de los ultimos seis meses, asi mismo oficio dirigido a la SECRETARIA DE TRANSPORTE Y VIALIDAD a fin de que se sirva informar al C. Juez sobre el antecedente de propiedad de vehiculos a nombre del demandado y en su caso sobre las placas del vehiculo que opera como taxi.
No obstante lo anterior, la contestacion a la demanda en la cual su señor padre argumento que se encontraba desempleado no lo exime de la resposabilidad de ministrarle a usted alimentos, insisto ustedes debena acreditar la capacidad economica del demandado para proporcionarle al juez los elementos de prueba en los cuales se basara para fijar la pension provisional y posteriormente la definitiva.
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