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Fecha de respuesta: Martes 19 de Febrero de 2013 16:50 2013-02-19 16:50 desde IP: 200.56.111.5
Si existe contrato de arrendamiento, en él se estipulan las cláusulas a las que se obliga una parta y la otra, incluso en el propio código civil, por lo que si ellos incumplen su parte, y no te permiten el uso y goce de la cosa en su totalidad, puedes rescindir e incluso solicitar una reducción en relación a la imposibilidad que te ha causado su incumplimiento, ya te di dos claves.
Tú decides que es lo que quieres, pero, si recomiendo revisar el contrato en este caso, para buscarle el mejor cauce legal posible.
Avenida Ermita Sur 5524
Frente a Plaza Ermita
Delegación La Mesa
Tijuana Baja California
Tel. 6089118
correo: lic . fabricio . frias arroba live . com . mxLic. Fabricio Frias
Ced. Prof. 7953063
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