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  • Consulta : 186012
  • Autor : calamarin
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  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Consultante EISA:

    La personalidad se la puede atorgar un Abogado que lleve un asunto x, en el que le podra designar para poder recoger copias, tomar datos, apuntes, ect. ; apartir de ahi ya tiene Usted Personalidad Juridica para poder pedir y revisar el expediente ya que se encuentra su nombre en dicho expediente.

    Y se comparece por esxrito o apersonandose en el jucio ya sea para absolver posiciones si es el demando ect.