- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 185853
- Autor : Erick899
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 225
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5562
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 301666
-
Fecha de respuesta: Jueves 07 de Febrero de 2013 15:48 2013-02-07 15:48 desde IP: 189.156.242.145
El dia inhabil si tuviste que ir a trabajar se te paga el doble del salario independientemente del que ganas, ahora bien, si trabajas domingos independientemente de los dias de descanso se te debe pagar un 25% de tu salario por concepto de prima dominical, aun cuando goces otros dias de descanso,... Saludos!
-
Autor





