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  • Consulta : 185732
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 302557

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

     

    Que tal, presenta tu reclamación ante la CONDUSEF señalando que en términos del artículo 71 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, la aseguradora debió pagarte a más tardar 30 días luego del aviso de siniestro.

    Una cosa más, ten cuidado porque al no ser un seguro de vida el mismo prescribe (pierdes tu derecho a la indemnización) después de dos años de no gestionar nada con la aseguradora (articulo 81 de la Ley sobre el Contrato de Seguro).

    Si continuas con problemas puedes consultarnos.

    “PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.