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  • Consulta : 185465
  • Autor : JOSE LUIS CARBAJAL
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  • Autor
    Respuesta No: 388963

  • JOSE LUIS CARBAJAL
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Es una barbaridad y aberración lo que dices, porque no sabes ni para donde vas?, ni en que parte del procedimiento estás parada. Cuando demandas por no saber el domicilio, 1.- El juez ordena girar los oficios respectivos. 2.- Cuando se contesta que s desconce el domicilio actual del demandado, tu tienes que meter un escrito, donde se manifieste: Toda vez que su señoría se ha cerciorado de la necesidad de emplazar al demandado por edictos, tal y como se desprende de los oficios respectivos. El juez ordenará notificar a la parte demandada por edictos, los cuales contendran un estracto de la demanda, juicio, nombre de las partes, y la frecuencia de las publicaciones, en un periódico de mayor circulación y boletín judicial (tienen un costo para su publicación y su costo va en relación al numero de lineas contenidas para impresión). En los edictos dira que serán publicados por tres veces con un intervalo. Además a partir de la publicacón del último edicto, tendrá el demandado un término de 30 días para apersonarse al juzgado que lo requiere a deducir sus derechos. 3.- Donde está la petición para que se aperture el juicio a prueba???. Pues no está¡¡¡¡ porque todavía no es el momento procesal oportuno, si te dicen en el juzgado, lic. Pongase una soga al cuello y cuelguese, seguro lo harías. 4.- Después que concluyan los 30 días de la publicación del último edicto, tendrás que promover para seguir el juicio en rebeldía. 5.- Luego entonces, luego entonces.... Tendrás que promover para que se abra el juicio a prueba. A estudiar se ha dicho, pero creo que tendrás que hacerlo desde el segundo año de la carrera.