- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 185401
- Autor : Montyel
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 361
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 301238
-
Fecha de respuesta: Martes 05 de Febrero de 2013 06:37 2013-02-05 06:37 desde IP: 187.165.85.196
La rectificación de estas propiedades se da en el Sucesorio de tu Padre, pero lo mas importante es que hayan sido casados por bienes mancomunados si no la situacion se contempla un poco mas compleja.
ATENTAMENTE
Lic.
Montyel2_22 arroba live com mx
-
Autor





