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  • Consulta : 185241
  • Autor : MAYANEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 301246

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Estimada:

    La Ley Federal del Trabajo establece que por cada 6 días laborados se debe otorgar al trabajador 1 día de descanso, el cual preferiblemente debe ser el domingo, sin embargo los dias de descanso pueden ser pactados entre patrón y trabajador, respetando lo antes mencionado.

    Si el dia de tu descanso coincide con un dia festivo no laborable, no implica que te deban de dar otro dia de descanso o que se pierda pues tu tomas tu dia independientemente de que sea festivo o no.

    Si descansaras los martes tendrias dos días, crees que la empresa por ese motivo te puede decir que como ya descansaste el lunes, ya no te toca descanso el martes? No verdad, en tu caso no hay ninguna violacion a la ley,

    Saludos.