- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 185232
- Autor : marcomcmlx
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1907
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6892
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 301056
-
Fecha de respuesta: Viernes 01 de Febrero de 2013 21:01 2013-02-01 21:01 desde IP: 189.134.228.206
Si ya no vuelves a cotizar, a los 60 mediante una negativa de pensión retiras lo de CV 97 e INFONAVIT 97 y a los 65 el SAR e INFONAVIT 92.
Desconozco si existe algún recurso legal para retirar antes tu saldo.
Pero si un abogado, mediante un juicio, te va a recuperar lo de tu cuenta, pero te va a sangrar con la tercera parte de lo que recupere, mejor lo que deberías hacer es tratar de planear una pensión por ley 73 ( si es que estás en este régimen).
-
Autor





