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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Febrero de 2013 01:00 2013-02-01 01:00 desde IP: 189.191.6.59
si es para efecto de cobrar la pensión alimenticia que el finado percibía, usted tiene que tramitar su juicio no contencioso de reconocimiento de concubinato el cuale s un trámite ágil y rápido, a efecto de que un juez de lo familiar en sentencia le reconozca haber tenido dicha relación y dicha sentencia le sirva para trate diverso.
Estoy a sus ordenes
Lic. Francisco Ruiz
Abogado en materia familiar
l i c f c o r u i z h o t m a i l . c o m
5 5 4 5 6 9 0 7 1 1
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