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  • Consulta : 185009
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 300763

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Quien se obliga por una moral y acredita tener poderes para ello, responde de las obligaciiones la moral con los bienes de la misma, pero si esa persona no aceredita la capacidad de obligarse como representante de la moral, se entiende que se obliga en lo personal y responde con sus bienes personales.