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  • Consulta : 184744
  • Autor : Lic. Manuel Vega
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  • Autor
    Respuesta No: 300507

  • Lic. Manuel Vega
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola, ustedes como arrendatarios gozan de un derecho conocido como "del tanto" y consiste en que el dueño debe darles a ustedes oportunidad de comprar el edificio en el mismo precio y condiciones en que pretende venderlo, lo cual debe serles notificado mediante Notario, ya que la venta que hiciere sin respetar este derecho es Nula. Desde luego, ustedes deben tener la posibilidad economica para comprar todo el edificio, dicho en otras palabras todos los vecinos tendrian que hacer una "Vaquita" para comprar todo el inmueble (insisto, deben comprar todo y no solo uno o mas de los departamentos).

    De otro modo, lo mas que llegaria a suceder es que el comprador deba respetar los arrendamientos por el tiempo que resta en terminos de sus contratos y una vez llegado el plazo ustedes tendrian que desocupar.

    Quedo a sus ordenes.

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