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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Enero de 2013 10:33 2013-01-23 10:33 desde IP: 189.177.226.252
No podrà registrar su conocido si materialmente le regalan a la niña. Desde el pasado 01 de septiembre de 2007 se estandarizo a nivel nacional el certificado de nacimiento mismo que lleva el nombre, huella dactilar y firma de la madre ... bajo ninguna circunstancia en el registro civil se registra a alguien diferente al que figura en el certificado de nacimiento.
Por tal motivo no hay de otra mas que la madre biologica registre a la menor para que posteriormente inicien el tramite de adopcion plena y en consecuencia ustedes puedan figurar en el acta como padres cancelandose la primera de las actas donde la biologica aparece.
Saludos
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