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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Enero de 2013 22:10 2013-01-23 22:10 desde IP: 201.141.23.254
Que tal, la cuestión si es tu seguro o el otra persona y si tiene razón la aseguradora o no. Primero porque la cobertura de daños materiales (tu seguro) debe cubrirte de cualquier daño y la aseguradora se subroga a las obligaciones debiendo ella demandar a la empresa de grúas. Si es responsabilidad civil (seguro de otra persona) la aseguradora deberá responder por los daños de ese siniestro y que fueron determinados en ese momento… la situación aquí es aventarle la responsabilidad total a la aseguradora y ello se hace a través de peritos.
Cualquier problema acude a la CONDUSEF o si gustas, puedes consultarnos.
“PEGZSAV ABOGADOS - Especialistas en Seguros”.
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