Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 183402
  • Autor : milagroso
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 21
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5556
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 299073

  • milagroso
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    promueve una demanda civil de alimentos y con medida precautoria de los mismos, más el cobro de alimentos vencidos con un embargo e inmediatamente te tendran que pasar alimentos, sólo con tu acta de nacimiento que acredite la filiacion de padres y con establecer su lugar de trabajo para que le hagan la retención correspondiente, la cual tu podras ir a cobrarla