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  • Consulta : 183144
  • Autor : MAYANEZ
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  • Autor
    Respuesta No: 298884

  • MAYANEZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Esitmado:

    Aplica la regla general, términos procesales se contabilizan en días hábiles, términos del Código Civil se contabilizan en días naturales.

    La caducidad de la instancia se encuentra en el Código Procesal Civil por lo que se cuentan días hábiles.

    Saludos.