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Fecha de respuesta: Sábado 12 de Enero de 2013 12:06 2013-01-12 12:06 desde IP: 189.244.47.218
Los embargos emitidos por Autoridades competentes, deberan estar fundamentados y motivados en Ley. Para iniciar una diligencia de embargo, previo debio exitir una notificacion mediante la cual se señale el motivo de la misma y el plazo para solventarla. De no cumplir el notificado en el plazo señalado se procedera, segun sea el caso, al Requerimiento de pago y/o embargo tambien de acuerdo al fundamento legal para su procedimiento. Al acudir al domicilio si el deudor no se encuentra debera dejarse un citatorio para el dia sguiente habil a una hora habil (solo en casos excepcionales se autorizan dias y horas inhabiles).
Su area de trabajo y/o departamento tiene un reglamento para ese fin, asi que proceda a leerlo.
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