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  • Consulta : 182701
  • Autor : Erick899
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  • Autor
    Respuesta No: 298274

  • Erick899
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Necesita dejar mas datos para poder decirle cuanto le toca de liquidacion, como lo es el salario diario, el mes en que la despidieron  y si le pagaron vacaciones y aguinaldo.... y referente a lo de su embarazo, si esta registrada al seguro social, la ley del instituto establece lo siguiente:

     

    Artículo 109.

     

     

    El asegurado que quede privado de trabajo remunerado, pero que haya cubierto

    inmediatamente antes de tal privación un mínimo de ocho cotizaciones semanales ininterrumpidas,

    conservará durante las ocho semanas posteriores a la desocupación, el derecho a recibir,

    exclusivamente la asistencia médica y de maternidad, quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria que sea

    necesaria. Del mismo derecho disfrutarán sus beneficiarios.

    Espero serle de ayuda y le dejo mi correo para cualquier duda...

    e_blackmetal h o t m a i l . com

    Erick Valdivia L.