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AutorRespuesta No: 298022
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Enero de 2013 22:44 2013-01-09 22:44 desde IP: 189.234.191.38
solo te los puedes adjudiicar al momento de ejecutr la sentncia por medio del remate de bienes... antes no puedes hacer adjudicacion de nada...
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