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AutorRespuesta No: 298024
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Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Enero de 2013 22:52 2013-01-09 22:52 desde IP: 189.234.191.38
1... no te puede sacar de la casa... sin la presencia de un actuario y la presentaciòn de una demanda ...civil... no penal...
2...consigna la renta y demanda por medio de una abogado el otorgamiento de contrato por otro año... con el mismo monto de renta... se seguira el juicio y cuando ya tengas tu casa... te desistes de la accion y... te sales de la casa... consignando las llaves y tan tan.... y con letras muy claras... FIN
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