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  • Consulta : 182432
  • Autor : gad sosa
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  • Autor
    Respuesta No: 297965

  • gad sosa
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Si bien es cierto que el contrato ya termino y Usted debio de desocupar el inmueble, es mentira que el arrendador la pueda desalojar nada mas por que el quiere, ni mucho menos puede llegar con fuerza publica, el arrendador tiene que iniciar un juicio ante un Juez Civil para efectos de desalojarla, si el arrendador lo hacesin algun mandamiento judicial, estaria cayendo en el supuesto de delito de despojo, el ente la autoridad judicial tiene que demostrar que ya termino su contrato y ese contrato va hacer su documento base de accion para que la puedan desalojar, entonces si el Juez lo autoriza entonces si se puede oedir el apoyo de la fuerza publica.

    articulo 17 constitucional: NINGUNA PERSONA PODRA  HACERSE JUSTICIA POR SI MISMA, NI EJERCER VIOLENCIA PARA RECLAMAR SU DERECHO,

    Toda persona tiene derecho a que se le administre justicia por tribunales que estarán expeditos para impartirla.