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  • Consulta : 182432
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Definitivamente el contrato ya termino y es a partir de esa fecha en que usted debio desocupar por no renovarse el mismo con independencia de que en el contrato no esta estipulado que debe desocuparlo mediante una notificacion por parte del arrendador. La fecha de terminacion da por terminado la relacion contractual, asi de simple. De no desocupar, el arrendador puede solicitar la presencia de la policia para que este saque a la calle sus pertenencias y la policia tome constancia, eximiendo de cualquier responsabilidad al arrendador. Cabe señalar que el arrendador (aun con independencia sin la presencia de la policia) podra sacar sus cosas a la calle y simplemente puede decir que usted ya esta desocupando y que usted dejo sus cosas ahi, pues a el le ampara la terminacion del contrato y no se hara responsable de sus cosas en la calle y usted no podra demandar desalojo por lo mismo, por tener ya terminado el contrato, aun usted le hubiere pagado posterior al vencimiento, pues tambien pude el arrendador alegar que no es cierto, en fin.