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AutorRespuesta No: 297805
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Fecha de respuesta: Lunes 07 de Enero de 2013 22:14 2013-01-07 22:14 desde IP: 201.103.105.18
Sí, si la reforma es después de la resolución.
Recuerda el principio de retroactividad: La reforma sólo es aplicable si beneficia a tu cliente, pero no silo perjudica.
Si te fue de utilidad mi información no olvides dar un click al círculo verde.
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