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  • Consulta : 182146
  • Autor : tuamigoabogado
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  • Autor
    Respuesta No: 297842

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

     Considero que su intención es acogerse al articulo 109 de la Ley I.S.R. para que su dinero que esta ingresando al sistema financiero, en caso de que sea detectada como operaciones inusuales o sospechosas, no sea gravado con el impuesto sobre la renta

     Los depósitos en efectivo del año 2009, tanto el volumen como el movimiento de fondos deben guardar siempre relación con el perfil financiero de sus donantes, dado que sus “donaciones” no tienen un propósito económico visible.

     Es importante conocer además de la legislación fiscal la legislación penal y la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita.

     Contestando su pregunta específicamente;se debe acreditar que el recurso previene de una operación legítima, con un contrato de fecha cierta es decir con fecha del año 2009 pasado ante la fe de un notario, y seguro que tu abogado puede conseguirte una ratificación de firmas con fecha 2009, pues es muy sencillo.

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

     

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Lic José Juan Aguilera

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx