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  • Consulta : 181815
  • Autor : elizh80
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  • elizh80
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El vendedor y usted deberan acudir a las "oficinas" del ejido o donde se encuentre el Tesorero del ejido para que este cancele  la posesion del ejidatario por una nueva Carta de Posesion a su nombre. El Tesorero le informara si esos predios fueron tramitados para obtencion de Titulo de Propiedad o si son listos a tramitar dicho Titulo. 

    La Carta de Posesion a su nombre debera estar firmada por el Presidente del Ejido, el Tesorero y Comisario al igual debera contener el sello del Ejido y una vez esto esa carta tiene validez de posesion mas no de Titulo o escritura.

    No acepte que le endosen la carta de posesion.

    En caso de que el predio cuente con Titulo de Propiedad, deberan acudir a una Notaria ha realizar el contrato de compra venta y se escriturara a su nombre, previo pago de estas, y quedara registrado en el Registro Publico de la Propiedad y ante el Municipio por lo que contraera la obligacion de pagar predial.