Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 181689
  • Autor : Abocatio
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 3
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 297288

  • Abocatio
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Efectivamente, lo que dice el compañero se puede hacer. Sin embargo, muchas veces el donante es decir tu padre en este caso, no lo lo hace ya que puede pensar que los donatarios en este caso uds. sus hijos lo dejan en la calle pero se puede subsanar este supuesto, insertando un clausulado en donde se especifique que el bien o los bienes pasen a los beneficiarios hasta que é o ella; tu madre fallezcan.