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  • Consulta : 181663
  • Autor : Rosen
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  • Rosen
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    (Resumen de Actividades)

     

    Lic. Ortizrubiolegal:

    Mire, respecto del comentario que hace donde detalla que: “””-un divorcio eress el cual actualmente únicamente esta implementado para los matrimonios que establecieron su ultimo domicilio conyugal en el distrito federal y estado de mexico-“””, me voy a permitir matizar su ejemplificación, ya que por ejemplo en Hidalgo, conforme a la Ley para la Familia de dicho Estado (Arts, 101, 102 103 etc etc) , en su Última Reforma publicada en el Periódico Oficial Bis Uno, el 31 de Marzo de 2011, se establece un divorcio unilateral o incausado, es decir, lo cónyuges que pretendan separarse ya no están obligados a presentar una causa de divorcio ante la autoridad judicial, como abandono de hogar, violencia intrafamiliar, etcétera.

    SALUDOS